Patentes Concedidas en el Rubro de la Agricultura y su Protección Jurídica.

Gabriela Benitez – Peroni Sosa Tellechea Burt & Narvaja.

La protección jurídica de las invenciones por medio de patentes se ha convertido en un tema esencial en la economía globalizada. Las patentes en el campo de la agricultura son esenciales para fomentar la innovación y el desarrollo de nuevas variedades de cultivos, técnicas de cultivo mejoradas y productos agroquímicos más eficientes. Esto puede llevar a un aumento de la productividad y la calidad de los productos agrícolas.

En Paraguay, la normativa vigente establece que está prohibido ofertar la venta de un producto que esté bajo una patente, al menos hasta que esta expire. Sin embargo, en la práctica, pueden surgir diversas situaciones en las cuales una empresa o individuo puede infringir esta disposición.

  1. La Oferta de Venta de Productos Patentados:
    Conforme a la normativa local, no es lícito ofertar la venta de un producto que se encuentre protegido por una patente. Esta restricción se aplica independientemente de si hay evidencia de una venta efectiva o no.
    Simplemente la oferta ya constituye una infracción.
  2. Protección jurídica de las patentes en Paraguay:

    – Paraguay es signatario de varios acuerdos internacionales relacionados con la protección de la propiedad intelectual, incluyendo las patentes, como el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (TRIPS) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), asi como también cuenta
    con la ley Nº 1630/2000 de Patentes de Invenciones.

    – En Paraguay, la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI) es la entidad encargada de otorgar y administrar las patentes. Para obtener una patente, un solicitante debe cumplir con los requisitos de patentabilidad, que incluyen novedad, nivel inventivo y aplicabilidad industrial.

  3. Medidas para Evitar la Infracción de una Patente en el rubro de la Agricultura:
    Para proteger los derechos del titular de una patente en el rubro de la agricultura, existen distintos mecanismos legales:

           – Intimación de Cese de Uso: Es uno de los primeros pasos a tomar. Consiste en enviar un telegrama colacionado al presunto infractor solicitándole que cese la actividad ilícita.

         – Informar a la SENAVE: La Secretaría Nacional de Vegetales y Semillas (SENAVE) es la entidad encargada de otorgar los certificados de LIBRE VENTA para los productos agroquímicos. Informar a esta entidad puede ser crucial para detener la infracción.

        – Medidas Cautelares: En caso de que las acciones anteriores no resulten efectivas, es posible recurrir al Poder Judicial para solicitar una medida cautelar ante un Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. La Ley de Patentes (Ley N° 1630/2000) establece en su Capítulo II, las condiciones y procedimientos para adoptar estas
medidas.  Conforme a la normativa, el juez, al considerar en principio verosímil
la petición, puede ordenar: a) La cesación inmediata de los actos que infringen la patente. b) El embargo o secuestro de los productos resultantes de dicha infracción. c) La suspensión de importación o exportación de los productos involucrados. Se prevé en este sentido que el demandado debe proporcionar información sobre aquellos que participaron en la producción o comercialización de los productos infractores.

Igualmente, resulta importante mencionar que quien solicite la medida presente pruebas de la infracción o su inminencia y ofrezca garantías suficientes. El solicitante debe describir con precisión las mercancías infractoras para su identificación. Por último, con respecto a la caducidad, la Ley establece que las medidas precautorias perderán efecto si no se inicia la acción correspondiente en un plazo de quince días hábiles después de la ejecución de la medida. Resulta crucial señalar que recientemente, algunos juzgados
muestran una mayor reticencia al otorgar medidas cautelares, particularmente en cuestiones de propiedad intelectual. Esta postura se deriva de abusos detectados en las solicitudes de estas medidas.

La Corte Suprema de Justicia ha emitido recomendaciones adicionales para ponderar y adjudicar tales medidas.

  1. Cancelación de la LIBRE VENTA de un Importador:
    La cancelación del certificado de LIBRE VENTA de un importador es un proceso que en su mayoría debe ser abordado por la vía judicial. Aunque es posible que el SENAVE cancele dicho certificado a raíz de una intimación, lo más común es que se requiera una resolución judicial para ello.

Es esencial que las empresas comprendan que, para vender un producto en el mercado paraguayo, deben cumplir con ciertos requisitos. Uno de ellos es registrar el producto agroquímico ante el SENAVE, proceso que incluye tanto el registro de la empresa como del producto en sí.

  1. Conclusión:

La protección de las patentes es una garantía para los inventores y empresas que realizan importantes inversiones en investigación y desarrollo. Sin embargo, es vital estar informados y tomar las medidas adecuadas cuando se detecten posibles infracciones. Si bien los juzgados pueden ser renuentes a otorgar medidas cautelares relacionadas con la Propiedad Intelectual, no se debe desestimar la importancia de agotar todas las vías legales disponibles para garantizar el respeto y la protección de
estas valiosas invenciones.

El gobierno de Paraguay tiene como desafío debe establecer políticas y regulaciones claras para garantizar un equilibrio adecuado entre la protección de la propiedad intelectual y el acceso a las innovaciones agrícolas por parte de los agricultores locales. Las patentes en el campo de la agricultura tienen el potencial de impulsar la innovación y el desarrollo en Paraguay, pero también plantean desafíos en términos de acceso y
dependencia. Un enfoque equilibrado y una regulación efectiva son fundamentales para maximizar los beneficios de las patentes en el sector
agrícola del país.